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Un tribunal de EEUU dictaminó que las vacunas de ARNm contra el COVID-19 no previenen la transmisión del Covid-19

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito dictaminó que las vacunas de ARNm contra el COVID-19 no previenen la transmisión, exponiendo a las farmacéuticas a posibles demandas si los demandantes pueden presentar evidencia suficiente para probar otras acusaciones. Este fallo surge de una demanda del Health Freedom Defense Fund (HFDF) contra el mandato de vacunación del Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD). El juez R. Nelson argumentó que estas vacunas no previenen la transmisión del COVID-19, sino que solo reducen los síntomas. Aún se discute si se les debe redefinir como tratamientos médicos. La HFDF celebró el fallo como una victoria por la autonomía corporal.

 

Por Mente Alternativa

Health Freedom Defense Fund (HFDF), California Educators for Medical Freedom y otros demandantes ganaron su apelación en el Noveno Circuito contra el mandato de vacunación del Distrito Escolar Unificado de Los Ángeles (LAUSD). Liderados por los abogados John Howard y Scott Street, lograron revertir la desestimación de su demanda. El Noveno Circuito determinó que el caso no se volvió irrelevante por la rescisión del mandato de LAUSD después de una audiencia en septiembre de 2023, calificando esta acción como un intento de evitar un fallo adverso.

El tribunal sostuvo que la corte de distrito aplicó incorrectamente la decisión de 1905 en Jacobson v. Massachusetts, que justificó un mandato de vacunación contra la viruela debido a su efectividad para prevenir la propagación. HFDF alegó que las vacunas de COVID-19 no previenen la transmisión, sino que solo mitigan los síntomas, considerándolas un tratamiento médico y no una vacuna tradicional.

El tribunal también criticó la deferencia a las declaraciones de los CDC sobre la seguridad y eficacia de las vacunas, señalando que la definición de “vacuna” había cambiado en 2021 para eliminar la palabra “inmunidad”. La jueza Collins destacó que la negativa a tratamientos médicos no deseados es un derecho constitucional. La presidenta de HFDF, Leslie Manookian, celebró el fallo como una victoria para la autonomía del cuerpo humano.

El fallo del tribunal puede verse en este enlace.

 

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